Luego del anuncio del pasado martes 27 de marzo, se presentó esta versión simplificada, que resume en 2.671 artículos, lo que antes eran más de cuatro mil normas, y los 506 artículos que contiene el Código de Comercio.
En el informe oficial, se resalta la no distinción de sexo ante el matrimonio; la simplificación de los trámites para la solicitud del divorcio, considerando además la libre petición de uno o ambos cónyuges; la reproducción humana asistida, por ejemplo, mediante las técnicas de inseminación artificial o fecundación in Vitro; simplifica el régimen jurídico de adopción, priorizando el interés del niño por sobre el de los adultos y determina la propiedad comunitaria indígena como de carácter exclusivo, perpetuo, indivisible, imprescriptible, insusceptible de gravámenes, e imposible de embargar ni ejecutar.
En el informe oficial, se resalta la no distinción de sexo ante el matrimonio; la simplificación de los trámites para la solicitud del divorcio, considerando además la libre petición de uno o ambos cónyuges; la reproducción humana asistida, por ejemplo, mediante las técnicas de inseminación artificial o fecundación in Vitro; simplifica el régimen jurídico de adopción, priorizando el interés del niño por sobre el de los adultos y determina la propiedad comunitaria indígena como de carácter exclusivo, perpetuo, indivisible, imprescriptible, insusceptible de gravámenes, e imposible de embargar ni ejecutar.
Además, reconoce la gestación por sustitución sin retribución de ningún tipo; implementa la figura de “sociedades de un solo socio”; incorpora el concepto de “derechos personalísimos” y detalla las nuevas “formas modernas de contratación”.
Esta información fue presentada en forma de infografía, a través de la cuenta de Facebook de la Presidenta www.facebook.com/CFKArgentina.
1 comentario:
muy buenas ampliaciones la de la ley de adopción y de divorcio... ahora me gustaria saber q respuesta dio la iglesia... no creo q esté muy de acuerdo...
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